dimecres, de març 15, 2006

EU PREGUNTA AL GOVERN SI LA CONCESSIÓ DE BANDERES BLAVES A LES PLATGES DEL MAESTRAT POT SUPOSAR UN FRAU AL CONSUMIDOR


Coincidint amb el dia del Consumidor, la diputada d’EU-l’Entesa, Isaura Navarro, ha presentat una pregunta al Govern, on s’exposa la contradicció de concedir banderes blaves a les localitat del Baix Maestrat, i estar aquestes mateixes investigades per un expedient sancionador per contaminar les platges per tirar les aigües fecals al mar.
Navarro ha remarcat, que amb aquesta iniciativa no es pretén que es retire la bandera blava a aquestes platges, sinó que es duguen a terme les mesures necessàries en quan a inversions, per a fer-les de veritat mereixedores “si volem viure d’un turisme de qualitat, no podem continuar abocant el fem al mar. I la solució no és donar distintius de qualitat, quan no hi ha motius per donar´-los, ja que a la llarga acabarà perjudicant tant a les pròpies marques com són les banderes blaves, com a la credibilitat de la qualitat del nostre turisme”
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la siguiente PREGUNTA, dirigida al Gobierno, para la que se solicita respuesta escrita.
Con motivo del día mundial del consumidor, recordamos que es un derecho básico de los consumidores y usuarios de las playas su protección ante los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad. Los usuarios también tienen derecho a la información correcta que les facilite el conocimiento sobre las playas y los servicios que se ofrecen, para su adecuado uso, consumo y disfrute. Nos sorprende, que a pesar de no cumplir con la Directiva 91/271/CE de aguas residuales, ADEAC-FEEE otorga su prestigiosa bandera azul a playas de localidades que están tirando sus aguas residuales al mar sin la depuración previa mínima que exige la legislación europea. También nos sorprende como se pueden otorgar certificaciones ISO 9001 y 14001 por la gestión de las playas y la calidad de las aguas de baño, en municipios que incumplen la Directiva 91/271/CE de aguas residuales.
La concesión del distintivo de banderas azules a nuestras playas, como símbolo de calidad de las mismas, es de vital importancia para nuestro sector turístico.
Según consta en los “ CRITERIOS DE CONCESIÓN VIGENTES Y GUÍA DE CONCESIÓN de Banderas Azules” de ADEAC ( la Asociación que al Estado Español, concede las Banderas Azules), en varios puntos de los mismos, se especifica claramente que si un municipio no cumple con la Directiva 91/271/CE, no puede obtener bandera azul. Según la página 9 de la Guía de Concesión. El municipio debe cumplir los requisitos establecidos en la Directiva Comunitaria de Aguas Residuales Urbanas relativos a la recogida, el tratamiento y el vertido de laso aguas residuales urbanas. (Imperativo).”Es un derecho de los consumidores y usuarios obtener información correcta de los productos. Por lo tanto, no se entiende como es posible que mientras desde la Unión Europea exista abierto un expediente sancionador por incumplimento de la directiva 91/271/CEE, (por no tener depuradoras a ningún municipio costero del Baix Maestrat (Castelló)), como Vinaròs, Benicarló o Peníscola, y al mismo tiempo, se felicita galardonando a estas mismas playas en contra de criterios imperativos establecidos. Como mínimo se plantean dudas razonables de como están otorgándose estas banderas azules, en los municipios costeros del Baix Maestrat.
Se incumple por tanto la Directiva de Aguas Residuales para tener bandera azul, pudiendo suponer presunto y posible fraude al consumidor.
Está claro que ADEAC no es ninguna entidad pública, pero otorga distintivos de calidad que afectan al ámbito público, como son las playas .
Creemos en la tarea efectuada desde hace tiempo por ADEAC-FEEE, por su contribución en la concienciación de la sociedad en la protección del frágil medio que son nuestras playas. El distintivo de bandera azul goza de un alto prestigio a nuestra sociedad. Entendemos que no puede ser objeto, la bandera azul, de elemento de promoción y publicidad a municipios que tienen expediente abierto por infracción del Derecho Comunitario en materia de depuración de aguas residuales y que están tirando sus aguas fecales sin depurar en el mar.
La bandera azul no puede ofrecer información dudosa ni susceptible de poder ser falsa o engañosa de productos, actividades o servicios, de uso público y comunitario como son las playas.
Hay que valorar las dudas que plantea el hecho de que playas de municipios que forman parte del procedimiento de infracción 2004/2031 del derecho Comunitario de la Unión Europea por no tener depuradora, reciben al mismo tiempo los máximos galardones, como banderas azules y certificaciones ISO.
En todo caso, el otorgar prestigiosos galardones como son banderas azules, banderas verdes ISO y certificaciones ISO, no ayuda a los poderes públicos a que se implique decididamente con el imperativo legal de cumplir con la Directiva Europea de Aguas Residuales.
- Ante este hecho que puede perjudicar a corto, medio y largo plazo la credibilidad de nuestro sector turístico, y de las marcas de calidad como son las banderas azules, ¿qué medidas piensa adoptar el Gobierno?
Palacio del Congreso de los Diputados
Madrid, 15 de marzo de 2006
Fdo: Isaura Navarro Casillas. De la Web de l'Entesa Esquera Unida

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