dissabte, de desembre 03, 2005

Contencioso por el PRI de Atalayas.

El Ayuntamiento de Peñíscola acuerda:
la COMPARECENCIA EN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.-
Examinado el escrito de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por el que comunica la interposición de recurso contencioso-administrativo, y siendo competente esta Junta en virtud del acuerdo de delegación adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 24-6-2003 y por la Alcaldía en Decreto 392 de 17-6-03, por unanimidad, se acuerda:
1º.- Comparecer, mediante cualquiera de los Procuradores a los que este Ayuntamiento tiene otorgados poderes procesales, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 2/1414/2005, interpuesto por Asociación de Vecinos de Monchells (Las Atalayas), contra acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón de 1-6-05(BOP de 21-7-05) aprobando definitivamente la homologación sectorial y PRI Atalayas y contra acuerdo Ayuntamiento de Peñíscola de 25-3-04 de aprobación provisional del PAI para la UE 1A- Polígono IV.
2º.- Remitir copia completa del expediente administrativo correspondiente, debidamente foliada y autenticada, acompañado de un índice de los documentos que contenga, a esa Sala, en el plazo de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento, junto con los justificantes de los emplazamientos que se practiquen conforme al apartado siguiente.
3º.- Notificar el presente acuerdo, conforme a lo dispuesto en el art. 49 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo, a cuantos aparezcan como interesados en el expediente administrativo, emplazándoles para que puedan personarse en autos en el plazo de nueve días si a su derecho conviene, en calidad de demandados, haciéndoles saber que deberán comparecer en legal forma, mediante Procurador y Abogado o solamente mediante Abogado con poder al efecto, o bien verificando tal designación en comparecencia apud acta en la Secretaría de dicha Sala.
4º.-Designar como letrado-director del recurso a D. Jeremías Colóm Centelles facultándole tan ampliamente como en derecho sea necesario para intervenir en todos los trámites e incidentes.

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